Resumen: Determinar si se pueden considerar cantidades inembargables los saldos existentes en una cuenta corriente en donde no se ingresa ningún sueldo, pensión o salario, cuando dichas cantidades provienen, a su vez, de ingresos realizados por el interesado desde otra cuenta de su titularidad en la que sí se abonan pensiones, sueldos o salarios inembargables; o sí, por el contrario, dichas cantidades deben tener la consideración de ahorro y, por tanto, plenamente embargables.
Resumen: No procede el reequilibrio económico del contrato porque no se dan los presupuestos que lo justifican. El contrato concesional no resultó afectado por una imposibilidad total de ejecución, ni tampoco consta probado que el margen bruto de explotación fuera negativo a los efectos del reconocimiento a la mercantil concesionaria del derecho al equilibrio económico mediante compensación por la pérdida de ingresos derivada del "Covid-19". La disminución de ingresos no llega a producir una situación de desequilibrio económico-financiero del contrato que deba ser compensada por la Administración. La reducción de la actividad, por muy significativa que sea, no supone la imposibilidad de ejecutar el contrato. Tampoco se aplica la indemnización del lucro cesante, aplicándose el principio de riesgo y ventura.